Nuevo real decreto DGT para 2021

En el mes de noviembre de 2020, se han declarado nuevas normativas para la regulación de los patinetes eléctricos, que entrarán en vigor a partir del 2 de enero de 2021:

La velocidad máxima permitida será 25 km/h. No cumplir esta norma tendrá una sanción de 500€ y la inmovilización del vehículo.

No se podrá circular con patinetes eléctricos por las aceras y las zonas peatonales. Tampoco se podrá circular por por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que comuniquen poblaciones. De igual manera queda prohibida la circulación por túneles urbanos.

Esta prohibido circular con patinete cuando hemos bebido alcohol, o con auriculares puestos.

Esta prohibido transportar más de 1 persona en el patinete. Son vehículos uni-plaza.

SERÁ OBLIGATORIO UN CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN. Aún no está claro quién emitirá este documento, ni que edad se necesita, ni más información al respecto. Se supone que esta medida se aplicará 2 años después de que sea publicada y regulada oficialmente en el BOE.



La normativa vigente para los patinetes electricos en España está directamente relacionada con el ayuntamiento de cada ciudad.
Al amparo de esta instrucción de la DGT, los diferentes ayuntamientos de España están desarrollando normativas locales de circulación para los patinetes eléctricos.